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Requisitos de los adoptantes
Estado Civil
• Parejas casadas (1)
• Solteros: sólo aceptan expedientes de mujeres solteras
• No se aceptan parejas de hecho.

Edad
• Los solicitantes deberán tener más de 25 años. (2)
• En el caso de matrimonio, es suficiente que sólo uno de ellos tenga esta edad.
• En la práctica suele aplicarse una diferencia máxima entre adoptante y adoptado de 40 años, aunque esta diferencia puede ampliarse en el caso de niños mayores.

Hijos
• Se acepta que los solicitantes tengan hijos biológicos.

Requisitos del adoptado
• Podrá ser adoptada cualquier persona menor de dieciocho años y que se encuentre bajo tutela.

Documentos del expediente
A preparar por los solicitantes
• Carta de motivación de la adopción
• Certificado literal y acta de nacimiento
• Certificado literal y acta de matrimonio (en el caso de monoparentales, fe de vida y estado)
• Fotocopia del libro de familia
• Certificado de antecedentes penales
• Certificado médico de cada uno de los adoptantes
• Certificado de la declaración de la renta
• Certificado de trabajo
• Tres cartas de recomendación
• Certificado de empadronamiento y de convivencia
• 8 fotos familiares y 6 de identidad de cada uno de los solicitantes
• Poder notarial a favor de nuestro representante en el país

Por la Entidad Pública
• Informe psico-social
• Certificado de idoneidad
• Compromiso de seguimiento
• Carta de garantía

(1) Desde la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, nos ha sido remitida la siguiente información que a su vez ha sido proporcionada por la Embajada de España en Addis Abeba, relativa a la preparación por parte del Gobierno etíope de un nuevo Reglamento en materia de adopciones.
- La duración del vínculo matrimonial de los adoptantes, que probablemente deberán haber estado casados durante al menos dos años.

(2) El nuevo reglamento podría establecer la edad máxima de los adoptantes, que previsiblemente se limitará a los 55 años.