Requisitos
de los adoptantes
Estado Civil
• Parejas casadas (1)
• Solteros: sólo aceptan expedientes
de mujeres solteras
• No se aceptan parejas de hecho.
Edad
• Los solicitantes deberán tener más
de 25 años. (2)
• En el caso de matrimonio, es suficiente que
sólo uno de ellos tenga esta edad.
• En la práctica suele aplicarse una
diferencia máxima entre adoptante y adoptado
de 40 años, aunque esta diferencia puede ampliarse
en el caso de niños mayores.
Hijos
• Se acepta que los solicitantes tengan hijos
biológicos.
Requisitos
del adoptado
• Podrá ser adoptada cualquier persona
menor de dieciocho años y que se encuentre
bajo tutela.

Documentos
del expediente
A preparar por los solicitantes
•
Carta de motivación de la adopción
• Certificado literal y acta de nacimiento
• Certificado literal y acta de matrimonio (en
el caso de monoparentales, fe de vida y estado)
• Fotocopia del libro de familia
• Certificado de antecedentes penales
• Certificado médico de cada uno de los
adoptantes
• Certificado de la declaración de la
renta
• Certificado de trabajo
• Tres cartas de recomendación
• Certificado de empadronamiento y de convivencia
• 8 fotos familiares y 6 de identidad de cada
uno de los solicitantes
• Poder notarial a favor de nuestro representante
en el país
Por
la Entidad Pública
• Informe psico-social
• Certificado de idoneidad
• Compromiso de seguimiento
• Carta de garantía

(1)
Desde la Dirección General de Asuntos y Asistencia
Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y
de Cooperación, nos ha sido remitida la siguiente
información que a su vez ha sido proporcionada
por la Embajada de España en Addis Abeba, relativa
a la preparación por parte del Gobierno etíope
de un nuevo Reglamento en materia de adopciones.
- La duración del vínculo matrimonial
de los adoptantes, que probablemente deberán
haber estado casados durante al menos dos años.
(2)
El nuevo reglamento podría establecer la edad
máxima de los adoptantes, que previsiblemente
se limitará a los 55 años.
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